Hoy es 28 de Noviembre de 2024

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad que los integrantes de Fuerzas Armadas que comentan algún delito contra ciudadanos puedan ser juzgados por tribunales civiles, con base en las reformas al Código de Justicia Militar, Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley de Readaptación Social de Sentenciados.

En tribuna, el Diputado Federal del PRI por Chihuahua, Ignacio Duarte, dejó en claro que las modificaciones avaladas establecen que los delitos del orden común o federal, cometidos por militares en servicio o con motivo de actos del mismo, en tiempo de guerra, en territorio declarado en ley marcial o cualquiera de los supuestos previstos en la Constitución, no serán juzgados por la justicia militar sino deberán ser remitidos a los tribunales civiles.

Lo anterior bajo disposiciones en materia de justicia militar que tienen como objetivos acotar el fuero, armonizar el sistema de justicia penal militar al nuevo sistema penal de corte acusatorio, adversarial y oral y actualizar conceptos adecuados al nuevo sistema penal y de protección de los derechos humanos, precisó.

En el Pleno de la Cámara Baja, el Secretario de la Comisión de Defensa Nacional dijo que con ello se logra un equilibrio entre la restricción del fuero de guerra en términos del artículo 13 de la Constitución, que prohíbe en forma expresa que los tribunales militares conozcan de asuntos en los que esté implicado un civil, y la disciplina militar, como el bien jurídico aglutinador de los calores.

Duarte Murillo consideró que resulta fundamental la reforma para que el Ministerio Público Militar dé aviso al Ministerio Público Civil sobre los casos en que estén implicados civiles, a fin de que este último haga las actuaciones correspondientes.

Por otra parte - continuó - con la incorporación del principio de presunción de inocencia; de figuras jurídicas como el Juez de Ejecución de Sentencias; actualización de conceptos como Policía Judicial Militar a Policía Ministerial Militar; de reo a inculpado, procesado, o sentenciado; de pena corporal a pena privativa de libertad; se armoniza la justicia militar con el nuevo sistema penal y la protección de derechos humanos de los propios militares.

Ignacio Duarte expresó que "estoy seguro de que coincidirán conmigo y con la mayoría de los mexicanos, en reconocer a los hombres y mujeres militares que sirven a la nación, pero que, derivado de su participación en el combate a la delincuencia organizada, se han expuesto a ataques directos a su persona o contra su familia".

Resaltó que por lo anterior es medular la reforma para permitir que cuando un militar sujeto a prisión preventiva o que sea sentenciado con pena preventiva de libertad, a fin de garantizar su seguridad, lo haga en prisiones militares.

Aclaró que bajo el mismo esquema los hechos delictuosos cometidos por un menor de 18 años que esté prestando sus servicios en las Fuerzas Armadas, conforme a lo dispuesto por el artículo 18 Constitucional, será remitido a las autoridades encargadas del sistema de justicia para adolescentes.

La respuesta por parte de los Diputados integrantes de la Comisión de Defensa Nacional no es diferente, también se logró su aprobación unánime, quedando claro el respaldo a la misma, puntualizó Duarte Murillo.