Hoy es 06 de Octubre de 2024

Durante la Sesión de hoy, los diputados integrantes de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado, aprobaron por unanimidad de votos la creación de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial, la cual habrá de ejercer la potestad jurisdiccional
El Poder Judicial tiene como principal función administrar justicia a través de sus órganos jurisdiccionales con apego a la Constitución y a las leyes aplicables, garantizando la seguridad jurídica y la tutela jurisdiccional para fortalecer el estado de derecho, mantener la paz social y contribuir al desarrollo nacional, para lo cual se requiere de mecanismos adecuados a las circunstancias actuales.

Por lo anterior señalado, se sintetiza el rediseño del órgano judicial de la siguiente manera:
- Gestión eficiente de los procesos judiciales, que reditúen en una justicia pronta y expedita.
- Profesionalización y capacitación de los funcionarios y empleados del Poder Judicial que garantice mayor calidad en las decisiones judiciales.
- Efectividad en la solución de conflictos más allá de la sentencia judicial.
- Garantía y protección de derechos humanos a través de la función jurisdiccional.
- Justicia reparadora en materia penal que sirva a la prevención de conductas ilícitas y la restauración de la estabilidad y paz social.
- Optimización de la gestión administrativa y de las funciones de vigilancia y control que redunden en fortalecimiento interinstitucional.

En esta nueva Ley, se realiza una reordenación sistemática de las normas que lo rigen, mismas que contienen y precisan lo que tradicionalmente ha realizado en el Poder Judicial, e incluye novedades jurídicas en su organización acorde a lo establecido en la Constitución Política del Estado, además de la creación de la Sala de lo Contencioso Administrativo y Fiscal.

La estructura del ordenamiento en mención, cuenta con 289 artículos divididos en diez Títulos denominados:

Título Primero. Del Poder Judicial del Estado.
Título Segundo. Organización Judicial.
Título Tercero. Órganos Auxiliares del Poder Judicial.
Título Cuarto. De los Órganos de la Presidencia.
Título Quinto. De los Órganos Desconcentrados del Poder Judicial.
Título Sexto. De la administración del Poder Judicial.
Título Séptimo. De las responsabilidades oficiales.
Título Octavo. De las adquisiciones, arrendamientos, contratación de servicios y obra pública.
Título Noveno. Disposiciones complementarias.
Título Décimo. De la jurisprudencia.