El Diputado Rosemberg Loera Chaparro, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza, presentó la iniciativa de adicionar un artículo 10 Bis a la Constitución Política del Estado de Chihuahua con el propósito de armonizarla con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo concerniente a las obligaciones de las autoridades gubernamentales del orden estatal y municipal, respecto a los derechos fundamentales de los pueblos y comunidades indígenas.
Esto para dar cumplimiento a los diversos tratados internacionales, entre ellos el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, sociales y Culturales, así como en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y a lo establecido en el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes ya que es obligación de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las legislaturas de las entidades federativas y los ayuntamientos en el ámbito de sus respectivas competencias la designación de partidas presupuestales específicas.
Así que el Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza considera necesario que estas disposiciones constitucionales, en donde se observa el resultado de la lucha en la historia moderna por el reconocimiento de los derechos indígenas en nuestra Carta Magna, explicó el legislador, debemos trasladarlas a nuestra Constitución local para armonizar ésta con la nacional; puesto que, si bien es cierto que la Constitución General aplica para todos los mexicanos, y que también sus disposiciones