Hoy es 28 de Noviembre de 2024

Con una nutrida asistencia de alcaldes, regidores y síndicos panistas de toda la entidad, este fin de semana la dirigencia estatal del PAN impartió una plática informativa a los funcionarios públicos panistas, con el propósito de dejarles claro las limitaciones que el proceso electoral les impone en su carácter de servidores públicos.

"Es muy importante que los servidores públicos de Acción Nacional cumplan a cabalidad sus responsabilidades sin involucrarse en el proceso electoral, pues hoy más que nunca y con la reforma electoral, las autoridades federales tienen amplias facultades para sancionar severamente a quienes incurran voluntaria o involuntariamente en delitos electorales", dijo Mario Vázquez Robles.

La ley electoral establece, por ejemplo, que durante el proceso electoral los servidores públicos deben abstenerse de difundir y promocionar las obras y acciones de gobierno a través de los medios de comunicación. Dice la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en su artículo 183 que las señales radiodifundidas que se transmitan en los servicios de televisión restringida, incluyendo las derivadas de la multiprogramación, deberán incorporar, sin alteración alguna, los mensajes de los partidos, excepto durante los períodos de campaña (tanto federal como locales) cuando deberán suprimir los mensajes de propaganda gubernamental.

El artículo 209 dice que durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de las jornadas comiciales, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del Distrito Federal, sus delegaciones y cualquier otro ente público. Las únicas excepciones a lo anterior serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.