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www.elinstante.com.mx.- La Evaluación de Impacto Ambiental es el conjunto de técnicas que tienen como propósito calcular y minimizar los impactos humanos de tal forma que sea posible reducir al mínimo nuestras intrusiones en los diversos ecosistemas, elevar al máximo las posibilidades de supervivencia de todas las formas de vida, pues todos los organismos y ecosistemas están íntimamente ligados al propio hombre y por tanto, en su autorregulación está su preservación como especie.
Dichos estudios presentan las características hidrológicas, edafológicas, biológicas y sociales más importantes de la localidad en donde se asentará o dónde se desarrolla el proyecto en cuestión y nos permite identificar, la posibilidad y magnitud de los impactos; antes durante y después de cada una de las actividades desarrolladas en las actividades humanas. Además de lo anterior, se considera la generación de residuos peligrosos.
Mediante la realización de un procedimiento minucioso, cada una de las actividades a llevarse a cabo en un proyecto, se enlistan y colocan en matrices, calificando cada uno de los impactos con números que al final nos dirán cuales son los más significativos o si el proyecto no es viable debido al alto costo ecológico.

Los estudios de Impacto Ambiental son requeridos y posteriormente examinados por las autoridades competentes en sus niveles municipal, estatal o federal. Respecto a lo anterior, encontramos que la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, señala en el Capítulo IV, Sección V, los lineamientos a los que deben apegarse los particulares en actividades señaladas en el artículo 28 del citado ordenamiento.


En nuestra entidad la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente de Estado de Chihuahua, publicada en el Periódico Oficial del Estado el 10 de agosto de 2005, señala en su numeral 141, perteneciente al Capítulo V, del Título Octavo que:
Las personas físicas y morales a que se refiere el artículo anterior, deberán entregar un reporte semestral en el que informen el tipo de residuo, cantidad, período y lugar de disposición final de los residuos.

A fin de dar cumplimiento a lo anterior, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología de Gobierno del Estado, implementó el sistema informático denominado Sistema Estatal de Información y Registro de Emisiones que tiene como objetivo crear una base de datos respecto de la generación de residuos y emisiones, compartida con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y mediante el cual se facilita a las personas físicas y morales el cumplimiento de la Ley, en lo relativo al artículo 141 de la Ley local.
La presente propuesta busca homologar la normatividad de la entidad a federal, en lo que respecta a la periodicidad en la que se obliga a presentar el reporte a la autoridad, además de facilitar con esto la transición definitiva hacía el uso del anteriormente señalado sistema informático y facilitar el cumplimiento de la Ley por parte de los particulares, así como para el mejor funcionamiento del Sistema.