Se aumentaran las penas a quienes por cualquier medio, sin importar el material o instrumento que utilice, plasme, pinte, grave tinta o imprima signos, grabados, mensajes o dibujos sobre bienes muebles e inmuebles de propiedad privada o pública alterando su presentación original, sin el consentimiento de quien legalmente esté facultado para otorgarlo, fue la propuesta presentada hoy por la Diputada Laura Domínguez Esquivel, al Congreso del Estado.
Lo antes señalado, para que se incluya como pena la realización de trabajos a favor de la comunidad, con el fin de concientizar a los sentenciados de este delito; tomando en cuenta que el problema de fondo que provoca la comisión de esta conducta, es de carácter cultural y de educación y que al sancionar solamente con prisión, no se cumple con el objeto de inculcar los valores de la sociedad en quienes realizan esta actividad ilícita, los que en su mayoría son menores de edad.
La iniciativa señala como penas las siguientes:
De seis meses a un año de prisión o trabajo comunitario de 120 a 240 horas y multa hasta por 20 días multa, cuando el monto del daño no exceda de 20 veces el salario mínimo vigente; y
De ocho meses a un año de prisión o trabajo comunitario de 200 a 300 horas y multa hasta por 60 días multa, cuando el monto del daño exceda de 20 veces el salario mínimo vigente.
Se aplicará esta misma sanción a aquel individuo que incite, promueva, o facilite a personas menores de edad los medios necesarios para llevar a cabo este delito.
Tratándose de propaganda o promoción de partidos políticos o asociaciones políticas, se estará a lo dispuesto por la Ley Electoral del Estado.
Finalmente, la esencia de esta iniciativa consiste en establecer un nuevo tipo penal, cuyo objetivo es inhibir, combatir y sancionar los crecientes daños patrimoniales con motivo de la pinta o inscripciones en bienes muebles e inmuebles, públicos y privados, o sobre obras artísticas y culturales, sin la autorización de quien legalmente pueda otorgarla; acciones que se vienen realizando en toda la Entidad.