Hoy es 28 de Noviembre de 2024

Son diversos los factores que contribuyen a la felicidad del ser humano, pero sin duda la disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, es el factor determinante para alcanzar el estadío ideal del hombre que es LA FELICIDAD. Resulta obvio que la escasez o limitación del vital líquido produce angustia, estrés y hasta violencia.

Los trasvases son necesarios para cubrir las necesidades de agua de los seres humanos, por lo que llevarlos a cabo, tiene como finalidad garantizar el derecho humano al agua, para proteger la vida y la sanidad de los centros urbanos.

Efectuar trasvases sin duda, implica afectación de los ecosistemas, pues así como se beneficia a la zona carente de agua, perjudica a la que se le quita, por lo cual estas medidas sólo deben aplicarse cuando se pone en riesgo el bienestar, la salud y sobrevivencia de las personas.

El cambio climático, nos presenta un panorama de desertificación en el norte del país. Por lo que planear los trasvases será con la finalidad de proporcionar agua y evitar crisis humanitarias y sanitarias.

El agua es un asunto de seguridad nacional, por lo que los trasvases debe realizarlos el Estado a nivel federal o en coordinación con los Estados Distrito Federal y Municipios, para proteger un bien invaluable de la nación.

En el Artículo 116 de la iniciativa de la Ley General de Aguas, se conceptualiza al Trasvase como la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales trasladadas de una cuenca para ser utilizadas en una cuenca distinta con la que no haya conexión natural, que realiza la Federación, los Estados el Distrito Federal y los Municipios, mediante obras de infraestructura hidráulica, realizadas por si mismos a través de sus organismos de agua, o por

medio de la celebración de contratos de obra pública, para explotarlas, usarlas o aprovecharlas en un lugar distinto a la cuenca de extracción.

De lo dicho hasta aquí, se puede afirmar que los TRASVASES desde el punto de vista ecológico son INDESEABLES, pero cuando estos se realizan para satisfacer necesidades vitales del ser humano, resultan OBLIGADOS. Sin embargo en este caso se pueden atemperar sensiblemente los efectos nocivos sobre la naturaleza, si se cuida el CAUDAL ECOLÓGICO, entendido éste, como el escurrimiento mínimo a través del cual pueden sobrevivir la flora y la fauna en la cuenca de donde se transfiere agua.

Generalmente las cuencas entre las que se desarrolla el trasvase no tienen flujo natural entre ellas, es decir, los puntos desde donde se toma el agua de la cuenca aportadora y el punto donde se entrega el agua en la cuenca receptora, no tienen conexión hidrológica.

El agua cambia de ser básicamente un recurso natural local a un bien económico movible, lo que propicia que el ser humano ya no va necesariamente a donde está el agua sino que la lleva a donde él está. Esta problemática es inevitable, pues se relaciona directamente con el aumento exponencial de la población y su desplazamiento a los centros urbanos, lo que significa mayor demanda de agua.

La regulación de los trasvases es necesaria y urgente, por lo que la inclusión de un capítulo dedicado al tema, significa un avance significativo para enfrentar este problema que nos atañe a todos, y que el Estado debe enfrentar, sobre todo para abastecer de agua a todos.

Son estos aspectos tan fundamentales y reales, los que han inspirado la redacción de la iniciativa de ley que está pendiente de aprobar en la H. Cámara de Diputados, documento en el que han participado expertos y académicos sobre el tema.

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